ACCESO A HISTORIA CLÍNICA
ACCESO A LA DOCUMENTACIÓN CLÍNICA PARA USO NO ASISTENCIAL
Usted tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en la ley, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Este derecho lo puede ejercer también por representación debidamente acreditada.
El derecho al acceso del paciente a la documentación de la historia clínica no puede ejercitarse en perjuicio del derecho de terceras personas a la confidencialidad de los datos que constan en ella recogidos en interés terapéutico del paciente, ni en perjuicio del derecho de los profesionales participantes en su elaboración, los cuales pueden oponer al derecho de acceso la reserva de sus anotaciones subjetivas. A continuación, le informamos sobre las pautas y requisitos que se han de seguir para la solicitud de documentación de la historia clínica.
El paciente, persona autorizada con capacidad y/o representante legal a través del Servicio de Admisiones:
- a) En persona, acreditando el cumplimiento de los requisitos reflejados en la tabla anterior, rellenando una solicitud, y firmándola.
- b) Por cualquier medio que garantice la identidad del solicitante.
I) El paciente a partir de los dieciséis años cumplidos y II) Persona autorizada por el paciente
- Acreditar su identidad mediante su DNI o pasaporte.
- En la solicitud se especificará qué información se solicita y de qué episodio asistencial.
III) Persona que no es el paciente ni está autorizada por escrito por él. En caso de que el paciente sea menor de 16 años. (En estos casos, los padres que tengan la patria potestad o, en su caso, el tutor, defensor judicial o la entidad pública que tenga asumida la guarda o tutela del menor o de la persona con la capacidad modificada judicialmente deberán acreditar tal condición.) y IV) Persona que no es el paciente ni está autorizada por escrito por él. En caso de que el paciente sea mayor de edad legalmente incapacitado. Se le facilitará el acceso a su representante legal.
- Acreditar la identidad de la persona autorizada mediante su DNI o pasaporte (copia).
- Aportar la autorización debidamente acreditada o el documento que acredite el derecho de acceso.
- Adjuntar la copia del DNI o pasaporte del paciente.
- En la solicitud se especificará qué información se solicita y de qué episodio asistencial
V) Persona que no es el paciente ni está autorizada por escrito por él. En el caso de que el paciente haya fallecido.
Se le facilitará el acceso sólo a las personas vinculadas al paciente, por razones familiares o de hecho, salvo que el paciente lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite. En cualquier caso el acceso de un tercero a la Historia Clínica motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que perjudique a terceros.
- Acreditar su identidad mediante su DNI o pasaporte (copia).
- Aportar el certificado de defunción, salvo que haya fallecido en el propio hospital.
- Demostrar que es persona vinculada al paciente, por razones familiares o de hecho, o es su representante legal.
- En la solicitud expondrá los motivos de la petición.
- El plazo de entrega es de menos de 30 días desde que usted haga formalmente la solicitud.
- El derecho de acceso sólo podrá ser ejercitado a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que el interesado acredite un interés legítimo al efecto, en cuyo caso podrán ejercitarlo antes.
A continuación usted puede descargar los siguientes documentos pinchando sobre dichos enlaces: